SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0351/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0351/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

Fragmento 13

         Posterior a este acto procesal, la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, pronunció la Resolución 163/09 de 15 de junio de 2009 -impugnada en esta acción tutelar- y cursante de fs. 223 a 227, por la que dispuso declarar improcedente todas las cuestiones apeladas, manteniendo incólume el Auto Interlocutorio de 28 de mayo de ese año, en base a los fundamentos expuestos previamente, haciendo cita textual de parte del contenido de la referida Resolución y enfatizando lo siguiente: I) La Jueza a quo, motivó de manera clara, precisa y contundente, la concurrencia del numeral 1 del art. 233 del CPP, al colegir las declaraciones del imputado y las víctimas, infiriendo la probabilidad de partícipe de la comisión del delito de abigeato; sopesando que no se refutó el transporte de ganado que no era propio del entonces apelante; II) Acusada la inconcurrencia del peligro de fuga, el Tribunal de alzada indicó que semejante al criterio de la Jueza de la causa, el Ministerio Público asumió conocimiento del hecho delictivo y citó al accionante para el 27 de abril de 2009; sin embargo, un día antes de la fecha indicada, fue sorprendido en actos preparatorios de fuga, aspecto que no fue refutado por el accionante, sino simplemente requerida su exclusión por ser anterior a la formalización de la querella presentada en su contra; III) Respecto al reclamo de falta de valoración integral, la Resolución apelada advierte fundamentos sustentados en elementos objetivos legalmente acreditados; y no así, omisión probatoria alguna, al constar “a fs. 184 del testimonio”, alusión a la prueba de descargo.