SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0377/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0377/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

En comicios municipales de diciembre de 2004, resultó electo Concejal Titular del Municipio de Villa Huanuni; el 12 de diciembre de 2006, fue nombrado Alcalde de dicho Municipio, cargo que ejerció hasta el 30 de abril de 2008; fecha en la que miembros del Concejo Municipal en actitud revanchista, lo destituyeron y obligaron a renunciar a su cargo, inobservando disposiciones constitucionales y municipales. La solicitud de licencia de funciones, obedeció a presiones y amenazas a las que accedió en mérito a que en ese momento su hijo atravesaba problemas de salud, restablecida la misma, reiteró su pedido de reincorporación como Concejal Municipal, sin obtener ningún resultado, debido a la concomitancia existente entre los miembros de dicho ente y personas ajenas.

Desde la fecha que dejó el cargo de Alcalde Municipal no percibió su salario como Concejal Titular por instrucción de la Alcaldesa y tampoco lo restituyeron a sus funciones, no obstante las reiteradas solicitudes de reincorporación (octubre de 2008 y febrero de 2009) y no estar comprendido en ninguna causal de impedimento prevista en la Ley de Municipalidades (LM); recibió respuestas evasivas, sin asidero legal y ausentes de fundamentación jurídica.