Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0460/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
I.2.1 Ratificación de la acción
La abogada accionante, en audiencia ratificó el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional interpuesta y en ejercicio del derecho a la réplica, insistió que no se cuestiona la congruencia de los “hechos fácticos” considerados en el proceso penal seguido contra su defendido y apoderado, sino, la coherencia entre el Auto de apertura del proceso y la “Sentencia”, que concluyó declarando culpable a Marco Günter de un delito sobre el cual no tuvo oportunidad de ejercer defensa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ratificación de la acción
- i)
- denegó
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. Consideraciones previas
- III.1.2. Su vinculación con el debido proceso y el derecho a la defensa
- hecho
- III.1.2.1. Limitación de los alcances del principio iura novit curia
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- III.2.1. De los derechos a la defensa y a ser oído y juzgado previamente
- transportar
- Y es que la congruencia entre la acusación y el fallo, no puede reducirse a la similitud meramente nominativa del delito, entre los hechos imputados de los establecidos en la sentencia, sino, recaer en los hechos que fueron objeto de persecución en el proceso penal, de modo que sus elementos esenciales se mantengan
- III.2.2. De la garantía al debido proceso
- denegar
- APROBAR