Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0529/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
“otorgar la tutela”
Por lo precedentemente señalado, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones y alcances de la acción de libertad, por lo que el Juez de garantías al “otorgar la tutela”, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales, ni aplicó debidamente los alcances de ésta acción tutelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- 1)
- “otorgar la tutela solicitada”
- iii)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- SC 0129/2010-R de 10 de mayo,
- éstos aspectos no pueden ser considerados en ésta acción tutelar, por no constituir la vía ni el medio legal idóneo para hacer cumplir la Resolución mencionada,
- línea jurisprudencial sólidamente construida desde hace mucho tiempo atrás
- SC 2273/2010-R de 19 de noviembre
- “otorgar la tutela”
- 2º Se llama la atención al Juez de garantías,