Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2011-R
Fecha: 03-May-2011
acción
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Fernando Ernesto Galindo Canedo en representación de María Elena Blanco Quintanilla de Estenssoro contra Teófilo Tarquino Mújica, Ángel Irusta Pérez, Presidente y Ministro, respectivamente, de la Sala Penal Primera; y José Luís Baptista Morales, Presidente de la Sala Penal Segunda, todos de la Corte Suprema de Justicia.
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- SC 0854/2010-R
- SC 0083/2010-R
- Fragmento 17
- sobre la denuncia de que los Ministros demandados no realizaron ningún estudio ni verificación de las pruebas de cargo para condenar a su representada
- En cuanto a que no se declaró de oficio la extinción de la acción penal
- Respecto a que el requerimiento del Fiscal General de la República para que se declaren infundados los recursos de casación formulados en el proceso, lo que a juicio del accionante constituye omisión en la aplicación del principio de favorabilidad
- Finalmente, respecto a la falta de notificación personal con el Auto Supremo impugnado, diligencia que fue efectuada más bien en el tablero de Secretaría de Cámara de la Corte Suprema de Justicia
- Fragmento 22
- accionante',
- APROBAR