SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2011-R

Fecha: 03-May-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la supuesta vulneración de los derechos de su representada a la “seguridad jurídica”, de igualdad ante la ley, al debido proceso y a la defensa, aduciendo que dentro del proceso penal que se siguió contra su mandante, fue absuelta de pena y culpa en primera instancia por existir sólo prueba semiplena en su contra, pero que al haber demostrado en el transcurso del proceso la inexistencia del delito respecto de su persona, a fin de que se declare su inocencia apeló la Sentencia, la que fue confirmada, por lo que con el mismo objeto interpuso recurso de casación en el fondo y pese a que el Fiscal General de la República requirió se declaren infundados los recursos, los Ministros de la Corte Suprema de Justicia demandados, dictaron el Auto Supremo impugnado, infringiendo principios y valores constitucionales, agravando su situación jurídica, al condenarla en única instancia a cinco años de reclusión por el delito de estafa, contrariando los principios de non reformatio in peius, indubio pro reo, favorabilia amplianda odiosa restringenda y sin realizar ningún estudio ni verificación de las pruebas de cargo, modificaron su situación de absuelta a condenada después de más de seis años, omitiendo declarar de oficio la extinción de la acción penal, mediante una Resolución incongruente y arbitraria que no realiza una valoración correcta e imparcial de la prueba de descargo, que no le fue notificada personalmente, sino por cédula en Secretaría de Cámara. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.