Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0653/2011-R
Fecha: 03-May-2011
4)
4) La notificación con la orden de librarse mandamiento de libertad no resulta esencial, lo que significa que tampoco con ese actuado se vulneró derechos y garantías constitucionales de la accionante. En ese sentido, se debe acabar con el excesivo ritualismo para dar paso a la justicia en los casos que se ventilan tan en la administración de justicia.