SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0653/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0653/2011-R

Fecha: 03-May-2011

iv)

iv)     En consonancia con lo expuesto, el art. 302 del CPP establece una serie de requisitos que debe observar el Ministerio Público al presentar la imputación formal, que si no se observan implican la vulneración de los derechos a la defensa y al debido proceso del imputado previstos por la Constitución; en consecuencia, de la interpretación del art. 169.3 del CPP tal omisión constituye defecto absoluto inconvalidable por el órgano jurisdiccional, asimismo, el art. 73 del mismo cuerpo legal y los arts. 45.7 y 61 de la Ley Orgánica del Ministerio Público obligan a los Fiscales a fundamentar sus requerimientos observando el principio de objetividad;