SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2011-R

Fecha: 16-May-2011

a)

A su turno, el Fiscal Álvaro Vicente La Torre Zurita, sostuvo que: a) No se tomó en cuenta que para que exista legitimación de ganancias ilícitas, el delito tiene que estar perfeccionado; es decir, que la droga haya llegado al mercado y que exista un producto que es el dinero; efectuando una interpretación en sentido de que los hechos ocurrieron en 1994 data que sólo fue utilizada como precedente para indicar que esta familia está involucrada en actividades de narcotráfico. Por otro lado, impidieron comprobar la proveniencia de la fortuna; es más, no están presentes en esta audiencia por estar prófugos; y, b) No es evidente la extemporaneidad de la acción al haber sido interpuesta dos días antes de que se venzan los seis meses que establece la jurisprudencia constitucional.

La Fiscal, Carola Claudia Mancilla Ballesteros, señaló que los incidentes y excepciones planteados en la audiencia de medidas cautelares que fueron resueltos incluso en apelación, fueron reiterados en forma posterior a la emisión de la Sentencia Constitucional. No era necesario exigir que el Ministerio Público reclame sobre el cumplimiento de la Resolución Constitucional como mal aducen los demandados.