Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0850/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
I.2.1. Ratificación de la acción
El abogado de la demandante, ratificó el contenido del recurso e hizo hincapié en que sólo tomaron como base un solo parámetro, el no embarazo cuando debió existir una evaluación integral de todos los elementos conforme determina la SC 12/2006-R. Con estos antecedentes interpone esta acción porque su defendida se encuentra indebidamente detenida por negligencia y mala interpretación de la aludida sentencia.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.2.1. Detención preventiva
- III.2.2. Medidas sustitutivas
- III.3. Modificación y revocatoria de las medidas cautelares impuestas
- III.4. Sobre la exigencia de que las decisiones judiciales estén debidamente motivadas
- III.5. Análisis del caso que motiva la interposición de esta acción
- Fragmento 17
- APROBAR