SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0850/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
“procedente”
La Resolución 01/2010 de 27 de enero, cursante de fs. 52 a 54, declaró “procedente” la acción dejando sin efecto el Auto de 20 de enero de 2010 “y se mantiene firme y subsistente las medidas sustitutivas a la detención preventiva de las cuales viene gozando, debiendo el Juez Instructor cautelar tercero en lo penal, en el día disponer lo que corresponda en ley” (sic), sin lugar a la condenación de daños y perjuicios por no haber sido impetrado en la demanda con los siguientes argumentos: 1) En el caso que se analiza no se solicitó la revocatoria sino la modificación de las medidas impuestas por el inferior por cuanto la accionante nunca incumplió ninguna de las medidas impuestas, no existió obstaculización de la averiguación de la verdad; además se debe tener presente que la detención domiciliaria tiene las mismas características de la detención preventiva porque se halla bajo vigilancia las 24 horas por lo que la presencia se halla asegurada; 2) Si bien la parte recurrida sostiene que desapareció la causal del art. 232 última parte del CPP debió solicitar su revocatoria confundiendo la revocatoria con la modificación no obstante de que no son iguales ambas figuras; 3) Las autoridades recurridas al haber dispuesto la detención preventiva, como una revocatoria de las medidas sustitutivas han impedido el ejercicio del derecho a la libertad física; no obstante haber dispuesto las medidas alternativas dispuestas en el art. 240 del CPP e infringiendo el art. 247 del mismo cuerpo legal; ya que en ningún momento incumplió las medidas impuestas; asimismo se vulneró el debido proceso que garantiza la presunción de inocencia; y, 4) La resolución cuestionada no se encuentra debidamente fundamentada, no siendo válido un argumento que no realice un análisis y se limite a aplicar una medida cautelar por la existencia de uno de los parámetros objetivos, previstos ya sea en el art. 234 y 235 del CPP; más aún si la parte accionante cumplió a cabalidad las medidas impuestas por el inferior.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.2.1. Detención preventiva
- III.2.2. Medidas sustitutivas
- III.3. Modificación y revocatoria de las medidas cautelares impuestas
- III.4. Sobre la exigencia de que las decisiones judiciales estén debidamente motivadas
- III.5. Análisis del caso que motiva la interposición de esta acción
- Fragmento 17
- APROBAR