SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0882/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0882/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

III.2. Sobre la legitimación pasiva del Ministro demandado: Jaime Ampuero García

         En el caso concreto una de las Resoluciones cuestionadas por el accionante es el Auto Supremo 009 de 12 de enero de 2009, que suscribieron los Ministros hoy demandados, a excepción del codemandado ministro Jaime Ampuero García quien expresó su voto disidente con la determinación asumida por sus similares, hecho que consta expresamente; por ende, a pesar de formar parte del Tribunal de casación, que a decir del accionante asumió una decisión vulnerante de los derechos y garantías de su representado, al haber expresado su disconformidad con la emisión del Auto Supremo 009, pronunciándose por la casación del Auto de Vista recurrido y el mantenimiento de la Sentencia que absolvía de responsabilidad al procesado, carece de legitimación pasiva para responder por el contenido en el citado Auto Supremo.