Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2011-R
Fecha: 16-Ago-2011
a)
El accionante solicitó se declare “procedentes las cuestiones promovidas” y se disponga: a) La nulidad de todas las actuaciones procesales hasta el requerimiento fiscal de 3 de septiembre de 2009, suscrito por la fiscal Mirna Arancibia; b) Prohibición de reapertura del proceso penal, investigar, perseguir o procesar por los mismos hechos y consecuentemente cese la persecución de su representado; y, c) El archivo definitivo de obrados, promovido por el fiscal Carlos Fiorilo, con responsabilidad penal y civil, remitiendo antecedentes al Ministerio Público y el resarcimiento de daños y perjuicios.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 17
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- los alcances de
- y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional,
- III.3. Sobre la persecución ilegal e indebida
- persecución ilegal o indebida
- Sobre el doble procesamiento
- que tenga relación con su derecho a la libertad
- Sobre la falta de pronunciamiento del incidente
- Fragmento 26