Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2011-R
Fecha: 16-Ago-2011
II.4.
II.4. Mediante memorial presentado el 5 de octubre de 2009, Raúl Fernando Ferreira Gonzáles, solicitó al Juez de la causa, resuelva las peticiones formuladas, mismo que fue providenciado el 6 de ese mes y año, en sentido que previamente aclare a qué memorial se refería; en cuyo cumplimiento por memorial de 7 del citado mes y año, reiteró su petitorio ante la autoridad jurisdiccional, quien mediante decretó de 8 del mismo mes y año, dispuso se corra en traslado a las partes el incidente opuesto (fs. 83 a 84 vta.).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 17
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- los alcances de
- y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional,
- III.3. Sobre la persecución ilegal e indebida
- persecución ilegal o indebida
- Sobre el doble procesamiento
- que tenga relación con su derecho a la libertad
- Sobre la falta de pronunciamiento del incidente
- Fragmento 26