Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2011-R
Fecha: 16-Ago-2011
II.2.
II.2. El 1 de septiembre de 2009, el Fiscal de Materia, Carlos Fiorilo Cruz, presentó ante la Fiscalía General de la República, denuncia escrita sobre la supuesta comisión de los delitos de uso indebido de influencias, incumplimiento de deberes y otros, contra Jorge Gutiérrez Roque, Aldo Ortíz Troche, Fiscales de Distrito y Materia respectivamente, y Raúl Ferreira, abogado del primero de los nombrados, señalando que dichos ilícitos ocurrieron el 18 de agosto de 2009; disponiéndose el inicio de las investigaciones ante el Juez de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz (fs. 67 a 69).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 17
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- los alcances de
- y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional,
- III.3. Sobre la persecución ilegal e indebida
- persecución ilegal o indebida
- Sobre el doble procesamiento
- que tenga relación con su derecho a la libertad
- Sobre la falta de pronunciamiento del incidente
- Fragmento 26