SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2011-R

Fecha: 16-Ago-2011

“procedente”

El Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 15/2009 de 6 de noviembre, cursante de fs. 161 a 166, por la que declaró “procedente” la acción de libertad, dejando sin efecto lo actuado y el archivo de obrados, con los siguientes fundamentos: a) Las denuncias presentadas por los Fiscales, José Fernando Villarroel y Carlos Fiorilo Cruz, tienen directa relación por tratarse de un mismo hecho ocurrido el 18 de agosto de 2009, en horas de la noche, teniendo en ambos casos como denunciado al accionante; empero la primera denuncia fue rechazada por el Fiscal que conoció el caso mediante Resolución 43/09 de 2 de septiembre de 2009, que al no ser objetada cobró ejecutoria, en tanto, que la segunda denuncia está en investigación, infringiendo la cosa juzgada al pretender repetir acciones ya cumplidas; y, b) La autoridad jurisdiccional codemandada, al no pronunciarse sobre el incidente de doble procesamiento, presentado por el accionante, dentro de los plazos establecidos por ley, incurrió en acto ilegal a ser reparado mediante la presente acción. Asimismo, con relación al señalamiento de audiencia para la consideración del incidente, se constata que fue solicitado el 18 de octubre de 2009, el Juez demandado señaló audiencia para el 29 del mismo mes y año, después de ocho días, evidenciándose que se vulneraron los derechos fundamentales denunciados por el accionante, a no ser juzgado por más de una vez por el mismo hecho.