SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
II.3.
II.3. María Alejandra Dávila Orellana, por escrito presentado el 17 de junio de 2009, solicitó a la Jueza de la causa requiera conclusión de actos iniciales al Fiscal, y mediante providencia de 18 del mismo mes y año, conminado al Fiscal de Materia, Davy Ureña Oquendo, para que en el plazo de 15 días a partir de su legal notificación, obre en una de las formas previstas en el art. 301 del CPP, proveído con el cual, la autoridad fiscal fue notificada, haciendo caso omiso a lo dispuesto; y, en tal sentido, la autoridad jurisdiccional, instruyó la notificación al Fiscal de Distrito “a los fines consiguientes” (sic). A consecuencia de lo expuesto, el 7 de septiembre de 2009, Davy Ureña Oquendo, emitió Resolución de Rechazo de denuncia contra Santiago Delgadillo Villalpando, Ramiro Teófilo Cartagena Villarroel, Adolfo Walter Villanueva Crespo, Pedro Eduardo Triveño Estrada y José Isaac Terán Zapata, por la supuesta comisión de los delitos de peculado, uso indebido de influencias, concusión, conducta antieconómica y estafa, informando al respecto a la autoridad jurisdiccional el 8 del indicado mes y año, quien, por decreto de 9 del citado mes y año, tomó conocimiento de la Resolución, disponiendo la “notificación a la víctima y si existe presentación de objeción a la resolución fiscal” (sic) (fs. 31 a 39 vta.).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 'la custodia policial'
- “procedente”
- Fragmento 5
- i)
- “procedente” en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- 'La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- a)
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR