SCP 1935/2012 de 12 de octubre
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP 1935/2012 de 12 de octubre

Fecha: 12-Oct-2012

es pertinente conceder la tutela provisionalmente, a cuyo efecto, la parte ahora demandada, en atención a la falencia estructural existente, en mérito a la solicitud del ahora accionante, deberá realizar una prueba de aptitud académica especializada, asegurando la imparcialidad y transparencia, medida que deberá ser asumida mientras dure la falencia estructural existente en cuanto a la especialidad de la cirugía estética, por tal razón, la tutela a ser concedida mediante la presente acción de amparo constitucional, es provisional y condicionada a una evaluación satisfactoria de la prueba especializada a ser desarrollada, decisión que armoniza los derechos individuales del ahora accionante y el derecho a la salud pública en el marco de una ponderación desarrollada a la luz del principio de razonabilidad, para evitar así una situación de discriminación que afectaría el derecho a la igualdad.

    En este contexto y de acuerdo a los antecedentes y análisis precedentemente desarrollado, es pertinente conceder la tutela provisionalmente, a cuyo efecto, la parte ahora demandada, en atención a la falencia estructural existente, en mérito a la solicitud del ahora accionante, deberá realizar una prueba de aptitud académica especializada, asegurando la imparcialidad y transparencia, medida que deberá ser asumida mientras dure la falencia estructural existente en cuanto a la especialidad de la cirugía estética, por tal razón, la tutela a ser concedida mediante la presente acción de amparo constitucional, es provisional y condicionada a una evaluación satisfactoria de la prueba especializada a ser desarrollada, decisión que armoniza los derechos individuales del ahora accionante y el derecho a la salud pública en el marco de una ponderación desarrollada a la luz del principio de razonabilidad, para evitar así una situación de discriminación que afectaría el derecho a la igualdad.