SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1669/2012
Fecha: 01-Oct-2012
1)
Javier Salinas Rodríguez, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Chuquisaca, en audiencia alegó que: 1) En ejecución y cumplimiento de la Sentencia y por los argumentos expuestos en el Auto de Vista confirmó el Auto Interlocutorio de 14 de febrero de 2012; 2) El accionante juntamente con sus hermanos interpusieron demandas de nulidad de la Sentencia 02/10 emitida por el Juez codemandado; y, 3) La segunda demanda de nulidad fue admitida el 6 de junio de 2012, proceso que se encuentra en trámite por lo que se nota que con la acción interpuesta el accionante pretende sustituir los efectos de un proceso omitiendo el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.1.1. La acción de amparo constitucional en el Código Procesal Constitucional
- III.2. Sobre los incidentes
- la norma
- Fragmento 19
- III.3. Respecto a los hechos controvertidos
- Fragmento 21
- III.4. Análisis del caso concreto
- dentro del proceso
- CONFIRMAR