SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1669/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1669/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La abogada de la parte accionante, ratificó el contenido de la acción, señalando además que el año 2003 Gregorio Saavedra Barrón transfirió 150 m2 al señor Villarpando lote situado en el extremo superior hacia la calle Mataral, luego las hermanas Margarita y Teófila Saavedra Vidaurre vendieron otra parte del inmueble a Flavio Flores situada en la parte inferior con salida a la calle Mataral; posteriormente, en 1997 las referidas hermanas irregularmente acordaron una división sobre el inmueble ya transferido a Favio Flores quedando por ello 451 m2 para los cuatro hermanos menores pero en realidad solo quedaban 300 m2, registrando este hecho en DD.RR., luego se dividió el inmueble con salida a la calle Mataral, división registrada en DD.RR. lo que significó que en papeles no aparecían las transferencias efectuadas y luego, esa misma fracción, vendieron a Enrique Rodríguez Ledezma, quien vendió a su vez a Enrique Yucra Flores Margarita y Teofilo Saavedra Vidaurre y Petrona Cáceres Vargas el inmueble cuyas colindancias son la calle Mataral al Este y a los otros lados con personas particulares, posteriormente una de las hermanas mencionadas divide nuevamente el inmueble inclusive sobre la parte ya transferida al “señor Villarpando”, vendiendo esa parte también al señor Enrique Yucra Flores, con tales antecedentes se elaboró un plano que llego a generar la confusión en la ubicación de los inmuebles, plano que fue anulado por la Alcaldía al no ser coincidente con la ubicación real, lo cual motivo el inicio de los procesos penales por falsedad y uso de instrumento falsificado.