SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1673/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1673/2012

Fecha: 01-Oct-2012

i) La etapa preparatoria del proceso arbitral; ii) el proceso arbitral propiamente tal; y, iii) fase de impugnación jurisdiccional del laudo arbitral.

            En efecto, en una interpretación sistémica de la LAC, el proceso de arbitraje, tiene tres fases esenciales a saber: i) La etapa preparatoria del proceso arbitral; ii) el proceso arbitral propiamente tal; y, iii) fase de impugnación jurisdiccional del laudo arbitral. Estas etapas, a la luz del debido proceso, están compuestas por presupuestos de activación, principios y postulados rectores para su ejercicio, por cuanto, su observancia está encomendada a los tribunales arbitrales, pero también, la tutela para su observancia, está encomendada a los roles jurisdiccionales en el marco de las competencias disciplinadas por la Ley Arbitraje y Conciliación e interpretadas sistémicamente en el marco de presupuestos del Código de Procedimiento Civil” (las negrillas nos corresponden).