SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1673/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1673/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.1.3. Petitorio

Solicitan se conceda el amparo y en resolución se declare, la nulidad de obrados hasta el decreto de 29 de marzo de 2010, inclusive, debiendo restablecerse el debido proceso y el derecho a la defensa del SIN, conminándose al Tribunal Arbitral a resolver su solicitud de anulación, y en caso de rechazarlo fundadamente, recién se tome juramento al perito de oficio y éste presente el peritaje respectivo, y una vez se les notifique el informe pericial, se de la oportunidad de pedir audiencia pública para que el perito absuelva aclaraciones o complementaciones sobre cuestiones confusas o controvertidas.