SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1758/2012
Fecha: 01-Oct-2012
1)
Carola Carolina Martínez Vedia, en virtud al testimonio de poder especial, amplio y suficiente 593/2010 de 18 de diciembre, se apersona en nombre y representación de Apolinar Choque Arevillca, Gerente Distrital a.i. del SIN Tarija y en audiencia expone el siguiente informe: 1) En el caso, se han citado varias normas, pero no se ha especificado que norma fue omitida por el SIN, lo que hace improcedente la presente acción de defensa; 2) El SIN Tarija en una primera instancia amplió el plazo solicitado, suspendiendo la ejecución de congelamiento de cuentas por cuatro meses; sin embargo, de conformidad al art. 35 del Decreto Supremo (DS) 27310, se decidió rechazar la segunda solicitud de ampliación; 3) El Auto “25135/10”, por el que se rechaza la segunda solicitud, fue impugnado erróneamente mediante recurso de revocatoria, pues correspondía aplicar el “Titulo V del Código Tributario”; 4) La aseveración expuesta en la nota presentada por EMAT, en el entendido de no existir respuesta al recurso jerárquico y que por tal habría operado el silencio administrativo positivo, no es cierta, pues si existió una respuesta por parte de la autoridad demandada que declaró la improcedencia del recurso jerárquico; y, 5) Esta demanda no puede servir para subsanar la negligencia de la entidad accionante, que malgastó los recursos previstos por ley, no habiendo expuesto con precisión los hechos que motivan la demanda, además de no establecer una relación de causalidad entre los hechos y los derechos que supuestamente hubieran sido vulnerados.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- de su conocimiento (…)”
- conceda
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de cumplimiento y su naturaleza jurídica
- Fragmento 18
- III.2. Diferencias entre la acción de amparo por omisión y el incumplimiento de un deber constitucional y/o legal concreto, tutelado por la acción de cumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- Con relación al memorial presentado el 16 de noviembre de 2010, por la EMAT a la Gerencia Distrital del SIN Tarija
- Con relación al proveído 24-105-10 de 17 de diciembre de 2010, se tiene que la Gerencia Distrital del SIN Tarija
- i)
- denegado
- CONFIRMAR