SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1758/2012
Fecha: 01-Oct-2012
Con relación al memorial presentado el 16 de noviembre de 2010, por la EMAT a la Gerencia Distrital del SIN Tarija
Con relación al memorial presentado el 16 de noviembre de 2010, por la EMAT a la Gerencia Distrital del SIN Tarija, se refiere y solicita lo siguiente: a) El recurso jerárquico interpuesto por la EMAT el 7 de julio de 2010, contra la providencia 24 043 10, si bien fue declarado improcedente por providencia 24 052 10; paralelamente se dispuso la remisión de antecedentes al Presidente Ejecutivo del SIN a objeto de su conocimiento; y, b) Cumplida dicha remisión a la fecha -16 de noviembre de 2010-, transcurrieron más de noventa días sin conocer resultado alguno, por lo que corresponde la aplicación del silencio administrativo positivo; y, c) Por todo lo anterior, solicitan la aceptación de su pretensión, “REVOCADO EL AUTO 25 135 10 de 31 de mayo de 2010 y en consecuencia, AMPLIADO EL PLAZO DE NO EJECUCION DE LA MEDIDA COACTIVA DE CONGELAMIENTO DE CUENTAS” (sic).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- de su conocimiento (…)”
- conceda
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de cumplimiento y su naturaleza jurídica
- Fragmento 18
- III.2. Diferencias entre la acción de amparo por omisión y el incumplimiento de un deber constitucional y/o legal concreto, tutelado por la acción de cumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- Con relación al memorial presentado el 16 de noviembre de 2010, por la EMAT a la Gerencia Distrital del SIN Tarija
- Con relación al proveído 24-105-10 de 17 de diciembre de 2010, se tiene que la Gerencia Distrital del SIN Tarija
- i)
- denegado
- CONFIRMAR