SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1758/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1758/2012

Fecha: 01-Oct-2012

Fragmento 18

          La jurisprudencia constitucional ha analizado ya estas diferencias que deben considerarse en la esfera del derecho constitucional, por cuanto no resulta ser lo mismo la omisión de un deber genérico y además subjetivo, respecto al incumplimiento de un deber concreto, objetivo, específico y sobre todo previsto en la Norma Suprema o en las leyes; así, uno de esos primeros entendimientos lo ha establecido la aludida SC 0258/2011-R, al sostener de manera detallada los siguientes parámetros: “Si se asume dicha afirmación, corresponde establecer cuál es la diferencia existente entre el amparo constitucional por omisión y la acción de cumplimiento, considerando que la primera, de acuerdo al art. 128 de la CPE, procede contra actos ilegales u omisiones ilegales o indebidas y la segunda, procede ante el incumplimiento de disposiciones constitucionales o legales, que constituyen precisamente una omisión.