SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1780/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.4.
II.4. A través de los memoriales de los recursos administrativos de revocatoria y jerárquico; así como los antecedentes de la primera acción de amparo constitucional interpuesta, el 21 de octubre de 2010, la audiencia pública y la Resolución 354/2010 de 27 del mismo mes, emitida por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca que resolvió, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, denegar la tutela solicitada por la accionante, se evidencia que hubo recurrido y agotado la vía administrativa, en forma previa e interpuesto la acción de amparo constitucional, en defensa de su inamovilidad funcionaria, presuntamente vulnerada, la cual fue denegada, en virtud a que el Tribunal de garantías, en revisión posterior al sorteo, extrañó la presentación de prueba, en la cual debió fundar su acción, por lo cual, “no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada” (sic) (fs. 35 a 38, 40 a 49 vta. y 63 a 71 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- “otorgó” la tutela en forma parcial
- Fragmento 7
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Denegatoria de acción de amparo constitucional por identidad de sujetos, objeto y causa
- este Tribunal debe declarar la improcedencia de la acción, denegando la tutela solicitada”
- III.3. Análisis del caso concreto
- primera acción de amparo constitucional que concluy+o con la emisión de la Resolución 354/2010 de 27 de octubre
- SCP 1268/2012 de 19 de septiembre.
- Fragmento 18
- Sobre el objeto de ambas acciones
- En cuanto a la identidad de causa
- “otorgado”
- REVOCAR en parte