Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1780/2012
Fecha: 01-Oct-2012
REVOCAR en parte
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 049/2011 de 31 de enero, cursante de fs. 136 a 138, pronunciada por la Sala Social, Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada en base a los fundamentos jurídicos expuestos, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- “otorgó” la tutela en forma parcial
- Fragmento 7
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Denegatoria de acción de amparo constitucional por identidad de sujetos, objeto y causa
- este Tribunal debe declarar la improcedencia de la acción, denegando la tutela solicitada”
- III.3. Análisis del caso concreto
- primera acción de amparo constitucional que concluy+o con la emisión de la Resolución 354/2010 de 27 de octubre
- SCP 1268/2012 de 19 de septiembre.
- Fragmento 18
- Sobre el objeto de ambas acciones
- En cuanto a la identidad de causa
- “otorgado”
- REVOCAR en parte