SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1820/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.2.
II.2. Memorial de 3 de enero de 2011, por el que el accionante, interpuso el correspondiente recurso de alzada, ante el Director Ejecutivo de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria, solicitando a esa autoridad, dictar resolución final, que anule todo lo actuado, incluyendo el Auto de Multa 25-08-082-10, con reposición de obrados hasta que en debido proceso sancionador y a través del sumario contravencional constituido de acuerdo con el art. 168 del CTB, se restablezcan los derechos constitucionales a la defensa y al ofrecimiento de prueba; cursante el correspondiente Auto de Admisión CBA-0001/2011 de 4 de enero, por el que se admitió el citado recurso, disponiéndose también la notificación al Gerente Distrital del SIN, para que en el plazo de quince días conteste y remita antecedentes administrativos del acto impugnado (fs. 41 a 43).
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -ahora acción de inconstitucionalidad concreta-
- I.1. Contenido de la acción
- sanción de forma directa
- Fragmento 4
- a)
- rechazó
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- revocó
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- Artículo 25.-
- IV.
- VI.
- II.
- III.
- 1) Iniciación.
- b.
- c.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 6.
- 4.
- III.2.1. En relación al art. 162.II del CTB
- III.2.2. En relación a la Resolución Normativa de Directorio 10-0037-07
- 3°