SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1820/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1820/2012

Fecha: 12-Oct-2012

VI.

VI.      Tratándose de servicios de salud educación y hotelería, la convertibilidad podrá aplicarse más de una vez y en caso de no llevarse a cabo, la contravención será sancionada con clausura, debiendo pegar el precinto en lugar visible al público. Asimismo, quedara constancia en el Acta el impedimento de prestar estos servicios, no pudiendo el contribuyente sancionado contar con nuevos ingresos de clientes, por el tiempo señalado para la clausura, con las salvedades establecidas en norma específica y que la violación de estos controles será sancionada, conforme prevé el Articulo 180 del Código Tributario.