SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1836/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.6.
II.6. De fs. 107 a 153 de obrados, cursa Acta de fundación de la Fraternidad Artística Cultural “La Diablada”, así como la nómina de socios, acta de constitución del directorio, acta de aprobación de estatutos, Estatuto de la Fraternidad de 1 de junio de 1954, solicitud de reconocimiento de personería jurídica y aprobación de estatutos, dirigido al Prefecto hoy Gobernador de Oruro, dictamen del Fiscal de Gobierno de 25 de marzo de 1955, solicitud de aprobación de Estatutos y Reconocimiento de personería de 16 del mes y año señalados, presentado por el Prefecto Interino de Oruro, al Ministro de Educación y Bellas Artes; la Resolución emitida por Alcibíades Velarde Cronembold, Ministro de Educación, por la que se resuelve aprobar los Estatutos de la Fraternidad Artística y Cultural “La Diablada”; asimismo, cursa el Reglamento de Régimen Interno de la Fraternidad Artística y Cultural “La Diablada” de 14 de enero de 1999.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Consideraciones sobre el derecho al debido proceso
- se encuentra reconocido como un derecho humano por instrumentos internacionales
- derecho a la defensa material y técnica
- «El debido proceso
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- : «Nadie puede ser condenado a pena alguna sin haber sido oído y juzgado previamente en proceso legal...», mandato del que se infiere, que
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR