Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1902/2012
Fecha: 12-Oct-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes, por intermedio de sus abogados, ratificaron y reiteraron los términos de la acción de amparo constitucional, señalando además que, el 4 de septiembre de 2012, una vez admitida la presente acción, cuando se realizaba la notificación con la misma, ellos fueron sorprendidos con la ejecución del mandamiento de desapoderamiento, siendo que en el memorial de interposición de esta acción solicitaron que se suspenda la misma; pidiendo se proceda a anular dicha ejecución y se restituya el bien inmueble motivo del litigio en su favor.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- 4)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional y la excepción a la regla
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución...”
- III.3. De los derechos invocados en la problemática planteada
- III.4. Análisis del caso concreto
- Por lo que, al no haberse demostrado la vulneración a los derechos invocados por los accionantes, corresponde denegar la tutela solicitada por éstos.
- CONFIRMAR