SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1902/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1902/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III.2.  De la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional y la excepción a la regla

La acción de amparo constitucional es una acción de naturaleza subsidiaria; es decir que, no procede cuando existe otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo; así lo prevé la Constitución Política del Estado en su art. 129.I, y el Código Procesal Constitucional en su art. 54.I.