Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1993/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.4.
II.4. La accionante se apersonó al Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil, en el que pidió se dicte resolución ejecutando forzosamente el acta de conciliación señalado, de acuerdo a la Ley de Arbitraje y Conciliación; habiéndose dictado decreto de 30 de enero de 2010, que homologó dicha conciliación y dispuso la emisión del mandamiento de desapoderamiento contra Ana María Tatiana Julio Viscarra, en relación al bien inmueble sito en calle Cochabamba 324 (fs. 2 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.2. Del acta de conciliación, el auxilio judicial ante su incumplimiento y el procedimiento aplicable
- III.3. Improcedencia del recurso de reposición en ejecución de sentencia
- III.4. Del derecho al debido proceso
- III.5.
- III.6.
- 2º
- 3º