Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1993/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.8.
II.8. El 8 de septiembre la Jueza a quo se excusó, por haberse interpuesto una querella por prevaricato en su contra, por parte de la ahora accionante, por lo que el expediente fue remitido al Juzgado Segundo de Instrucción en lo Civil, quien emitió el Auto de 14 de septiembre de 2010, en la que repuso el Auto de 1 de septiembre de 2010, y el antepenúltimo renglón del Auto de 4 de ese mismo mes y año, disponiendo se emita el mandamiento de desapoderamiento contra la demandante y no así contra la oposicionista (fs. 21 a 23 vta. y 94).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.2. Del acta de conciliación, el auxilio judicial ante su incumplimiento y el procedimiento aplicable
- III.3. Improcedencia del recurso de reposición en ejecución de sentencia
- III.4. Del derecho al debido proceso
- III.5.
- III.6.
- 2º
- 3º