Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2081/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.1.
II.1. Gregorio Puri Choque, por memorial de 9 de noviembre de 2011, interpuso demanda interdicta de recobrar la posesión contra Juan Saravia Encinas indicando como domicilio del demandado la “zona San Lorenzo camino antiguo a Santa Cruz entrando 1 ½ Km al norte de esta ciudad”; demanda que en mérito al Auto de 28 de noviembre de 2011, el Juez de Instrucción, Mixto, Liquidador y Cautelar en lo Penal de Punata del departamento de Cochabamba, declinó competencia en razón de materia ante el Juzgado de Partido Agrario de la provincia Punata (fs. 9 a 10 vta., 17 vta. y 19).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.14.
- II.15.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. En cuanto a los actos consentidos en la acción de amparo constitucional y presupuestos a ser considerados como acto consentido
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR