SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2165/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2165/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.7.

II.7.  El 31 de octubre de 2011, se consideró en audiencia el recurso de apelación formulado contra la Resolución antes mencionada, donde el accionante pidió se ratifique la nulidad establecida por la Jueza cautelar respecto al mandamiento de aprehensión y se deje sin efecto todo lo obrado a partir de la imputación formal o en su caso, se apliquen medidas sustitutivas a la detención preventiva. La Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró improcedente el recurso, confirmando la Resolución impugnada, argumentando que en lo relativo a la actividad procesal defectuosa, debía estarse a lo señalado por la SC 1500/2005-R de 22 de noviembre, que precisa que la nulidad involucra sólo ese actuado procesal, debiendo mantenerse inalterables los sucesivos actos jurisdiccionales, más aún si se realizaron sin vulnerar derechos y garantías constitucionales. Por otra parte, estableció que el certificado médico forense cumplía con las formalidades legales, debiendo tenerse en cuenta que en etapa preparatoria, únicamente se requieren elementos de convicción y no elementos de prueba; habiéndose mantenido de otro lado, los riesgos de fuga y obstaculización (fs. 33 a 34 vta.).