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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2172/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2172/2012

    Fecha: 08-Nov-2012

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    • I.1.1. Hechos que la motivan la acción
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • Fragmento 10
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 19
    • III.1.   De la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 21
    • III.2.   Daño irreparable
    • a fin de evitar un real, inminente e irreparable daño,
    • III.3.   Derechos controvertidos
    • III.4.   Derecho a la propiedad
    • es un poder jurídico que
    • I. Ningún derecho real sobre inmuebles surte efectos contra terceros sino desde el momento en que se hace público según la forma prevista por este Código.
    • e instruirá al Director Departamental competente su inscripción en Registros Públicos de la institución y en Derechos Reales
    • puede entenderse como derivado de los derechos a la vida y a la dignidad, porque se trata de un lugar digno para vivir, y no simplemente de un techo para estar o para dormir; sino que es una condición esencial para la supervivencia y para llevar una vida segura, digna, autónoma e independiente; es un presupuesto básico para la concreción de otros derechos fundamentales, entre ellos, la vida, la salud, el agua potable, servicios básicos, trabajo, etc.; de modo tal, que cuando se suprime su ejercicio, implícitamente, también se amenazan a los otros derechos.
    • que le asegure para sí y su familia una existencia digna
    • en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo
    • III.7.   Análisis del caso en revisión
    • REVOCAR en parte

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