SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2172/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2172/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.7.

II.7. En acta de audiencia pública de 8 de mayo de 2012, del Juzgado Agroambiental, dentro de la medida preparatoria interpuesta por Pastora Gonzáles Bismark contra la comunidad campesina “TRINCHERA”, el Juez y Secretaria Abogado, se constituyeron en la parcela correspondiente a la accionante, haciendo constar, que: i) La parcela forma parte de esa comunidad; ii) La accionante ingresó desde hace tres años y siete meses, luego que Marco Lima Bismarck le cediera sus mejoras; iii) La construcción de dos casas de madera y calamina, con girado y piso de madera, que sirven de vivienda y cocina; iv) Existe un campo de 60 ha, aproximadamente y sesenta y siete cabezas de ganado vacuno, corral y brete para ganado vacuno, veinte cabezas de ganado porcino y ciento veinte gallinas aproximadamente; v) Se evidencia el sembrado de ciento treinta plantas de mara, la existencia de plantas frutales limón y pacay, sembrado de media hectárea de plátano y otra de yuca; vi) La parcela cuenta con alambrado de aproximadamente “cuatro mil metros” con “seiscientas estacas”; y, vii) La accionante, informó que en el lugar vive su sobrino de nombre Emerson Taborga Oliver y Ramón Nay Ríos, quienes trabajan con ella en la parcela (fs. 8 y vta.). En Acta de la misma fecha, elaborada por la indicada comunidad, el Presidente de la misma, indicó que la accionante no vive en el lugar, sino “Ramón Río” -sic- (fs. 90 a 91).