SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2203/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2203/2012

Fecha: 08-Nov-2012

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado del accionante, ratificó inextenso el contenido de su demanda, y ampliando señaló, lo único que pidió su defendido es que se le otorgue la autorización de ejercicio de Agente Despachante de Aduana, que le habían otorgado anteriormente con la Resolución 03-124-08, ejerciendo como Despachante de Aduanas el 2008 y parte del 2009; sin embargo, cerró su agencia porque era incompatible con sus nuevas funciones, al estar cumpliendo un cargo público, del que posteriormente se retiró, en ese sentido el 2011, solicitó la autorización de ejercicio de la Agencia Despachante de Aduana, que demoró más de los treinta días que establece el art. 52 del Reglamento a la LGA, iniciándose proceso administrativo el 9 de septiembre de 2011 en su contra.