Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2223/2012
Fecha: 08-Nov-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 119 de 9 de julio de 2012, cursante de fs. 127 vta. a 131 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Mariza Asunción Orellana Terrazas contra Dora Miranda de Quinteros, Zaida Sirle Laguno Barrio, Enrique Pacema Méndez y Gabriel Rosales Montero.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por el principio de inmediatez
- evidenciándose que la división y partición de los lotes que reclama es del 4 de agosto de 2011; es decir, cuando ella se encontraba en Bolivia y que conocía de las supuestas vías de hecho que refiere
- APROBAR