SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2253/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2253/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.5.

II.5.  Después de otros informes y representaciones del investigador del caso, en sentido de que el accionante se ocultaba maliciosamente y que no podía ser habido, teniendo su domicilio principal en la ciudad de Santa Cruz (fs. 4 vta. y 5), el Fiscal de Materia solicitó al Juez cautelar el 21 de febrero de 2011, la notificación del accionante mediante edictos (fs. 6 a 7), que fue ordenado por Resolución de 23 del mismo mes y año (fs. 8).