SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2410/2012
Fecha: 22-Nov-2012
concedió
Mediante Resolución 01/2011 de 7 de junio, cursante de fs. 47 a 49 vta., la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Tarija, constituida en Tribunal de garantías concedió la tutela solicitada, disponiendo que el médico especialista Oscar Varas Castrillo, se constituya de manera inmediata en la cárcel pública de “Morros Blancos” juntamente con el médico forense y el médico del referido recinto para que realicen la revisión médica al imputado; -ahora accionante- en base a los siguientes fundamentos: a) La Jueza demandada con infundado celo judicial se negó que sea revisado por el médico especialista y dispuso que siga el tratamiento en el recinto penitenciario de “Morros Blancos” y que el médico del penal supervise el tratamiento, situación que deviene en un acto dilatorio innecesario que lesiona y pone en riesgo el derecho a la salud del agraviado y por ende su vida; b) El ahora accionante solicitó el ingreso al penal de un médico especialista y que junto al médico forense y del penal, le realicen un examen médico a efectos de que se pueda establecer el estado de salud del imputado, tomándose en cuenta los antecedentes que tiene con relación a su salud; y,
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Del derecho a la salud y a la asistencia médica especializada en los centros penitenciarios.
- en caso de tratarse de enfermedades o dolencias que precisen tratamiento especializado, será el Director del establecimiento el encargado de comunicar estos hechos a las personas indicadas,
- cuando corresponda, en virtud a una emergencia particular o la necesidad específica de tratamiento especializado, el galeno del penal deberá poner en conocimiento de la situación al Director del recinto quien, tomando las previsiones de seguridad necesarias, autorizará el traslado del enfermo a un centro de salud y pondrá dicha determinación en conocimiento del juez competente
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder
- CONFIRMAR