SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2410/2012
Fecha: 22-Nov-2012
II.10.
II.10.Memorial de 30 de mayo de 2010, presentado por Claudio Miguel Ávila Navajas, solicitando al Juzgado de Instrucción Mixto de San Lorenzo, que autorice su revisión por el médico especialista y en el caso de requerir algún estudio complementario se los pueda practicar; que el médico forense de turno, pueda acompañarlo y entrevistarse con Oscar Varas Castrillo médico gastroenterólogo y sea a la brevedad posible (fs. 44), y su providencia de 31 de igual mes y año, emitida por la Jueza ahora demandada, que señaló que en virtud al informe del médico forense se tiene que el imputado cuenta con estudios endoscópicos y que por la revisión médica, es una persona con buen estado general presentando algunos síntomas inespecíficos e imprecisos compatibles no presentando los característicos de una hemorragia digestiva alta y a momento del examen es bueno y no presenta signos que ponga en riesgo su integridad física, de tal manera que Claudio Miguel Ávila Navajas, deberá realizar los tratamientos sugeridos en el penal. Sin embargo, velando por la salud del imputado ordena se notifique al médico del penal de Morros Blancos, a efecto de que realice y supervise el tratamiento del imputado (fs. 45).
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Del derecho a la salud y a la asistencia médica especializada en los centros penitenciarios.
- en caso de tratarse de enfermedades o dolencias que precisen tratamiento especializado, será el Director del establecimiento el encargado de comunicar estos hechos a las personas indicadas,
- cuando corresponda, en virtud a una emergencia particular o la necesidad específica de tratamiento especializado, el galeno del penal deberá poner en conocimiento de la situación al Director del recinto quien, tomando las previsiones de seguridad necesarias, autorizará el traslado del enfermo a un centro de salud y pondrá dicha determinación en conocimiento del juez competente
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder
- CONFIRMAR