SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2472/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2472/2012

Fecha: 28-Nov-2012

II.1.

II.1. Por memorial de 23 de marzo de 2006, la CBI S.R.L. acudió ante el Juez de Partido de turno en lo Civil de la ciudad de La Paz, en auxilio judicial, pidiendo que se notifique a la CNS, para que proceda a nombrar arbitro o caso contrario sea la autoridad judicial quien lo haga, a efecto de iniciar el proceso arbitral para la resolución de los conflictos emergentes del contrato de obra 191/99 de 11 de marzo de 1999, suscrito entre esa empresa y la CNS (fs. 139 a 140), con un convenio arbitral posterior suscrito el 18 de febrero de 2005 (fs. 26 a 28); admitida la solicitud por el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, mediante Auto de 24 de marzo de 2006 (fs. 141); siendo notificada la entidad requerida el 24 de abril de igual año (fs. 145), por lo que presentó memorial pidiendo sea rechazado el auxilio solicitado, interponiendo excepciones previas de litispendencia y conciliación (fs. 154 a 155 vta.).