Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2472/2012
Fecha: 28-Nov-2012
II.2.
II.2. Mediante Auto Interlocutorio 277/2006 de 7 de junio, el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, rechazó las excepciones interpuestas, señalando nueva fecha de audiencia para efectivizar el auxilio judicial solicitado (fs. 170 a 171); decisión que fue objeto de recurso de reposición bajo alternativa de apelación por parte de los representantes de la CNS, negándose la reposición (fs. 178 a 179 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.3.1. El arbitraje y el auxilio judicial para la conformación del Tribunal Arbitral
- III.3.2. El derecho a la impugnación en procesos arbitrales
- III.4. El caso concreto
- i)
- CONFIRMAR