SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2472/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2472/2012

Fecha: 28-Nov-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes alegan que la autoridad demandada lesionó los derechos al debido proceso, en sus elementos del principio de congruencia, fundamentación, seguridad jurídica y doble instancia de la empresa a la que representan, consagrados por las normas de los arts. 115.II, 117.I, 178.I y 180 de la CPE; 8 inc. h) de la DADH; 219 y 236 del CPC y 15.I.II de la LOJ, toda vez que dentro de un trámite de auxilio judicial para la designación de árbitro, luego de emitido el Laudo Arbitral, el Juez que auxilió la conformación del Tribunal, anuló todo el procedimiento del auxilio judicial, Resolución contra la que concedió la apelación, pero esa concesión fue anulada por los demandados mediante una resolución incongruente, carente de motivación y sin que norma alguna impida el recurso de apelación contra el acto apelado, pues los derechos fundamentales sólo pueden limitarse a través de una ley. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales de los accionantes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.