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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2553/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2553/2012

    Fecha: 21-Dic-2012

    II.6.

    II.6.  El 15 de noviembre de 2011, la accionante reiteró al Gerente Regional Potosí de la Aduana Nacional, la solicitud de cumplimiento de la Resolución de alzada ARIT/CHQ/RA 0034/2011, haciendo conocer simultáneamente su queja respecto a la ausencia de pronunciamiento en relación a su pedido de 4 de noviembre de la misma gestión, anunciando que en caso de no ser resuelta su petición hacer uso de las acciones constitucionales que correspondan (fs. 63). 

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • conminando a la parte demandada que en el plazo perentorio de cuarenta y ocho horas proceda a la apertura del sistema informático con el fin de proseguir el trámite
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • el objeto
    • III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
    • III.2. La administración pública y el impulso de oficio
    • En virtud al impulso de oficio al que está obligada la administración pública, por lo que, no requería del impulso de las partes, porque es una obligación inherente a la administración pública y no así al administrado, como erróneamente se señaló
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • manifestó su voluntad inequívoca de concluir con el trámite de nacionalización de su vehículo
    • 3°

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