Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2012
Fecha: 12-Abr-2012
27 de diciembre de 2011,
De fs. 79 a 81, cursa memorial de 27 de diciembre de 2011, presentado por María Victoria Calderón Gonzales, solicitando en la vía incidental se la excluya del proceso, dado que no es representante legal del LAB S.A. y se deje sin efecto la “detención preventiva” que cumple en el Penal de San Sebastián mujeres de la ciudad de Cochabamba. Corrida en traslado según decreto de 28 de ese mes y año (fs. 82). No consta en obrados la resolución del mismo.
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- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “denegó”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4
- 27 de diciembre de 2011,
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III
- III.2. Sobre el procesamiento indebido
- se denuncie su vulneración en cualquiera de sus componentes, corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad
- III.3
- arts. 11 y 12 de la citada Ley
- el litigante perdidoso debe ser notificado con la conminatoria previamente al cumplimiento de la obligación
- al apremio contra los representantes legales de las empresas demandadas por el pago de beneficios sociales
- III.4. Análisis del caso concreto
- DENEGAR