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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2012

    Fecha: 02-May-2012

    II.1.

    II.1.    El 8 de noviembre de 2010, el Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de Santa Cruz, en el caso 241/10, dictó el Auto inicial de proceso oral, público, continuo y contradictorio contra el accionante, por la comisión de la falta grave establecida en el art. 6 inc. “D” num. 25 del Rdspn (fs. 26 a 27).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • a)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica y carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
    • III.2.  Delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
    • recurso directo de nulidad
    • actos administrativos
    • esfera jurisdiccional
    • el referente a la competencia
    • no tuvo la posibilidad de subsanar los supuestos vicios procedimentales en la vía administrativa disciplinaria;
    • REVOCAR

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