SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2012

Fecha: 02-May-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia que las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y a la defensa, así como el principio de legalidad, por cuanto el proceso disciplinario que se le instauró ante el Tribunal Disciplinario Permanente de Santa Cruz de la Policía Nacional, se llevó adelante sin considerar su falta de notificación personal con los actuados procesales desde el inicio de la investigación, emitiéndose la Resolución 011/2011 que le impuso la sanción de baja definitiva sin derecho a reincorporación; mientras que el Tribunal Disciplinario Superior, mediante Resolución 640/2011 sin fundamentación alguna confirmó la sanción. De otro lado, por RA 0136/11, emitida de manera ilegal por el Director Nacional Personal a.i. del Comando General de la Policía Boliviana, se dispuso su baja definitiva de la institución, sin derecho a reincorporación; sin embargo, conforme a los arts. 21 del Rdspn y 12 de la LOPN, es competencia del Comandante General, atribución que fue asumida arbitrariamente por dicho Director, el Jefe del Departamento Nacional de Movimiento de Personal y el Asesor Legal codemandados. Consiguientemente, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela.